Tratado Antártico.

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El 1 de diciembre de 1959, los doce países (Argentina, Australia, Bélgica, Chile, Estados Unidos, Francia, Japón, Noruega, Nueva Zelanda, el Reino Unido, Sudáfrica y la Unión Soviética) que habían llevado a cabo actividades científicas en la Antártida y sus alrededores durante el Año Geofísico Internacional (AGI) de 1957-1958 firmaron en Washington el Tratado Antártico. El Tratado entró en vigor en 1961 y ha sido aceptado por muchas otras naciones. Las Partes del Tratado son actualmente 53.

Algunas disposiciones importantes del Tratado son:

La Antártida se utilizará exclusivamente para fines pacíficos (art. I).

La libertad de investigación científica en la Antártida y la cooperación hacia ese fin [...] continuarán (art. II).

Las Partes Contratantes acuerdan proceder [...] al intercambio de observaciones de resultados científicos sobre la Antártida, los cuales estarán disponibles libremente (art. III).

Entre los signatarios del Tratado hay siete países (Argentina, Australia, Chile, Francia, Noruega, Nueva Zelanda y el Reino Unido) con reclamos territoriales, que en algunos casos coinciden en parte. Otros países no reconocen ningún reclamo. Estados Unidos y Rusia consideran que tienen "fundamentos para reclamar". Todas estas posiciones están explícitamente previstas en el artículo IV, que mantiene el statu quo:

Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras el presente Tratado se halle en vigencia constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en la Antártida, ni para crear derechos de soberanía en esta región.No se harán nuevas reclamaciones de soberanía territorial en la Antártida, ni se ampliarán las reclamaciones anteriormente hechas valer, mientras el presente Tratado se halle en vigencia.

A fin de promover los objetivos y procurar la observancia de las disposiciones del Tratado, "todas las regiones de la Antártida, y todas las estaciones, instalaciones y equipos que allí se encuentren [...] estarán abiertos en todo momento a la inspección" (art. VII). 

 

Los otros acuerdos que integran el Sistema del Tratado Antártico son:

Convención para la Conservación de las Focas Antárticas: (CCFA), firmada en Londres  el 1 de junio de 1972 y en vigor desde el 11 de marzo de 1978. Se aplica al mar al sur de los 60° de latitud sur;Convención para la Conservación de Recursos Vivos Marinos Antárticos: (CCRVMA), firmada en Camberra  el 20 de mayo de 1980 y en vigor desde el 7 de abril de 1982. Se aplica al sur de una línea artificial de ;Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección al Medio Ambiente: (Protocolo de Madrid o Protocolo Ambiental del Tratado Antártico), firmado en Madrid  el 4 de octubre de 1991 y en vigor desde el 14 de enero de 1998.

Las dos convenciones son acuerdos independientes al Tratado Antártico, pero el Protocolo de Madrid solo puede ser firmado por miembros del Tratado Antártico y su área de vigencia coincide con el mismo.



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