prevencion de riesgos

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Normas de Prevención en las Distintas Etapas de Obra 

TRABAJOS DE DEMOLICION

Antes de iniciar una demolición se debe obligatoriamente:

 Afianzar las partes inestables de la construcción.

 Examinar, previa y periódicamente, las construcciones que pudieran verse afectadas por los trabajos.

 Se debe interrumpir el suministro de los servicios de energía eléctrica , agua, gas, vapor, etc. De ser necesarios algunos de estos suministros para las tareas, los mismos deben efectuarse adoptando las medidas de prevención necesarias de acuerdo a los riesgos emergentes.

 Se deben establecer las condiciones, zonas de exclusión y restantes precauciones a adoptar de acuerdo a las ca-racterísticas, métodos de trabajo y equipos utilizados.

En los trabajos de demolición se debe adoptar las siguientes precauciones mínimas:

 En caso de demolición por tracción todos los trabajadores debe encontrarse a una distancia de seguridad fijada por el responsable de Higiene y Seguridad.

 En caso de demolición por golpe (peso oscilante o bolsa de derribo o martinete), se debe mantener una zona de seguridad alrededor de los puntos de choque, acorde a la proyección probable de los materiales demolidos y a las oscilaciones de la pesa o martillo.

 Cuando la demolición se efectúa en altura, es obligatorio utilizar andamios, separados de la construcción a de-moler, autoportantes o anclados a estructura resistente. 

 Cuando se utilicen equipos tales como palas mecánicas, palas de derribo, cuchara de mandíbula u otras máquinas similares, se debe mantener una zona de seguridad alrededor de las áreas de trabajo.

 El acceso a la zona de seguridad debe estar reservado exclusivamente al personal afectado a las tareas de demolición.

 Se deben realizar los apuntalamientos necesarios para evitar el derrumbe de los muros linderos.

TRABAJOS CON EXPLOSIVOS

En toda obra de construcción en la que se usen, manipulen o almacenen explosivos, se debe cumplimentar con lo exigido en la Ley Nacional de Armas y Explosivos Nº 20.429 y en el Decreto Nº 302, en todo lo concerniente a pólvora y explosivos y sus modificaciones.

EXCAVACIONES Y TRABAJOS SUBTERRANEOS

Previo a una excavación, movimiento de suelo o trabajo subterráneo, se debe realizar un reconocimiento del lugar, determinando las medidas de seguridad necesarias a tomar en cada área de trabajo. Además, previo al inicio de cada jornada, se debe verificar las condiciones de seguridad por parte del responsable habilitado.

Se deben adoptar medidas de prevención especialmente en lo que hace al derribo de árboles y al corte de plantas, así como también en lo atinente a la presencia de insectos o animales existentes en el área.

Cuando se proceda a tareas de quemado, éstas se deben realizar bajo la supervisión del responsable de la tarea tomándose todas las precauciones necesarias. Dicha tarea debe ser realizada por personal especializado o adiestrado en control de incendios.

Cuando las tareas demanden la construcción de ataguías o terraplenes, éstos deben ser calculados según la presión máxima probable o el empuje máximo de sólidos o líquidos a que se verán sometidos.

Tanto las zanjas, excavaciones, como los túneles y galerías subterráneas deben ser señalizados por medios apropiados de día y de noche.

Cuando las obras subterráneas están provistas de iluminación artificial, deben ser obligatoria la existencia de iluminación de emergencia, de acuerdo al capítulo correspondiente.

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⏰ Última actualización: Nov 19, 2011 ⏰

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