By: Brian Loveman
Reasumen...
1. La revolución democrática y las colonias ibéricas.
A finales del siglo XVIII en Europa occidental surge el constitucionalismo inspirado especialmente en el liberalismo y que tenía la finalidad de definir y limitar el ejercicio del poder soberano.
Dos revoluciones abrieron rutas radicalmente alternativas: la de Estados Unidos de Norteamérica (1775-1783) y la de Francia (1789). Ambas rechazaban el ancien regime y la monarquía absoluta.
La violencia social de la revolución francesa horrorizó a la mayoría de la élite hispanoamericana y española por lo que el desafío era evitar que suceda lo mismo protegiendo el orden social.
Por estos motivos, las guerras de independencia en la América andina tendrían características que influirían mucho en la tardía emancipación de Ecuador, Perú, Bolivia y Colombia.
Así, el liberalismo y el constitucionalismo en su difusión hacia Iberoamérica, tomaban distintas formas: se inventaban nuevas naciones que serían autogobernadas en vez de regidas por un soberano absoluto, habrían garantías constitucionales que prometían libertad, seguridad, propiedad, igualdad y hasta la libertad de imprenta. La forma de organizarse el poder era variada, concentrando el poder o empoderando a los legislativos.
Los movimientos independentistas en América fueron a la par de la reconfiguración europea por las guerras napoleónicas y el empoderamiento de Inglaterra.
2. Napoleón, la Constitución de Bayona y las guerras de la Independencia
Napoleón tomó el control de Francia en 1799, invadió Portugal y España en 1807-1808, lo que provocó una crisis de la monarquía española como resultado de la imposición de la Constitución de Bayona por los franceses (1808), la guerra contra los invasores franceses con el apoyo de Inglaterra y la promulgación de la Constitución de 1812 por las cortes españolas.
El hecho de que Napoleón pretenda establecer un nuevo linaje en España con su hermano José Bonaparte, motivó la lucha por el constitucionalismo también en América, pero con la firme idea de no volver al antiguo régimen.
Algunas características de laConstitución de Bayona:
•La religión oficial fue la católica y se prohibió el ejercicio de cualquier otra;•José Bonaparte fue declarado rey de las provincias españolas y de sus territorios americanos;•Se estableció un parlamento y cortes que el rey convocaría cada tres años y que podría disolver discrecionalmente;•El parlamento y las cortes sesionarían en secreto, los votos y los debates serían secretos;•Enumeraba por primera vez garantías constitucionales (inviolabilidad de domicilio, prohibición de arresto sin orden judicial, la tortura);•Se creó el primer régimen de excepción constitucional español;•Intentó abolir la Inquisición;•Estableció la representación de los llamados "españoles americanos" en las cortes españolas, y estableció la igualdad de derechos y privilegios de los españoles peninsulares con aquellos nacidos en América.•En este contexto, la Junta Central apeló a los coloniales a que apoyaran la guerra contra Napoleón, en nombre del rey Fernando VII. Los coloniales apoyarían siempre y cuando se mantengan las cosas buenas de la Constitución de Bayona.•Por este motivo la Junta Central en 1809 proclamó que los americanos eran iguales a los peninsulares, frente a la ley. •Sitiados por los franceses, la Junta huyó hacia Cádiz, en donde se creó una Constitución para España, elaborada por españoles, promulgándose en 1812 la Constitución de Cádiz, un híbrido constitucional que refleja las contradicciones del momento histórico: un confuso acuerdo entre principios liberales y la persistencia de una España tradicional, católica y autoritaria.
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Historia del Derecho II
RandomCátedra dictada por el Dr. Diego Jadan en la Universidad de Cuenca, período septiembre-febrero del 2016, con bases teóricas redactadas por el Dr. Carlos Castro en su texto "Temas de Historia del Derecho y del Estado"