Entre las teorías de la sociología del Derecho se destaca como la más importante la concepción materialista de la historia, fundada por Carlos Marx (1818-1883) y Federeico Engels (1820-1895). Según Marx la estructura económica de la sociedad forma "la base real, sobre la que se levanta una superestructura jurídica y política y a la que le corresponde determinadas formas sociales de conciencia el proceso de vida jurídico-política y el de la vida del espíritu, en general." (Las ideas, en cuanto socialmente condicionales de este modo, reciben el nombre de ideologías)
La concepción materialista de la historia invierte la concepción de Hegel, según la cual toda evolución tiene su raíz en el desarrollo del espíritu. Según Hegel, el ser depende de la conciencia, lo que equivale (según Marx) a "poner las cosas de cabeza". Marx "las coloca de nuevo sobre sus pies" al explicar la conciencia como derivación del ser. Presenta, sin embargo, "lo ideal, por ejemplo el Derecho. es en todo caso, algo distinto de lo material: no una mera forma de cultura, por ejemplo bajo la forma del Derecho.
El sentimiento del derecho y la conciencia se hallan, psicológicamente, en pugna; la conciencia sujeta al egoísmo; el sentimiento del derecho lo deja en libertad.
¿Aun crees que Derecho no es un arte?
Gustav Radbruch. Introducción a la filosofía del Derecho.