DERECHO DE FAMILIA
Estado civil o estado de familia
Base legal. EL Código Civil, en su artículo 331, dispone lo que sigue: "El estado civil es la calidad de un individuo en cuanto le habilita o inhabilita para ejercer ciertos derechos o contraer ciertas obligaciones".
Concepto. El estado de familia es sinónimo de estado civil y es la calidad de una persona, como miembro de la familia, por el matrimonio, parentesco o adopción.
Los seres humanos adquieren un status, una ubicación dentro de un grupo social, por su pertenencia a dicho grupo social y los vínculos familiares o también por ausencia de dichos vínculos.
El estado de familia es un derecho jurídico entre dos personas, de las cuales una es descendiente de otra, por un hecho natural o un acto jurídico. Son las atribuciones que la ley confiere a una persona para otorgar efectos jurídicos; es el lugar que tiene la persona en la sociedad, por sus relaciones familiares.
El estado civil es fijado por el legislador. Se trata de un acto voluntario e independiente del deseo de las personas y es, además, resultado de una sentencia judicial.
Posesión. La posesión del estado de familia cobra vida por el ejercicio de los derechos y la observancia de las obligaciones derivadas de la situación familiar de una persona.
Efectos. El estado civil da origen al parentesco y es fuente de derechos y obligaciones.
SUPUESTOS DE ANÁLISIS
El estado civil es analizado desde los siguientes supestos:
• Desde la sociedad, refiriéndose a los nacionales o extranjeros (tienen la obligación de regular su condición antes de las 90 días).
• Desde la familia, refiriéndose a los hijos (menores de edad) o a los padres.
• Frente a uno mismo, desde el género o el sexo, es decir, hombre o mujer.FUENTES DEL ESTADO CIVIL
Hechos juridicos, ejemplo, el nacimiento, la muerte.
Actos jurídicos, ejemplo, el matrimonio.
Resoluciones judiciales, ejemplo, juicio de divorcio, juicio de paternidad.CARACTERÍSTICAS
◇ Vitalicio
◇ Inalienable, fuera del comercio.
◇ Absoluto
◇ Permanente
◇ ImprescriptiblePRUEBA ORDINARIA DEL ESTADO CIVIL
El estado de familia se prueba: con el instrumento público correspondiente, que puede ser una partida del Registro Civil, una partida de reconocimiento de la calidad de hijo, ya que a cada estado de familia corresponde su respectivo título de ese estado; por documentos auténticos; con la declaración de testigos presenciales de los hechos constitutivos del estado civil; y, por la posesión notoria del estado civil.
El estado de casado, divorciado, viudo, padre, hijo, se prueba con las copias de las actas correspondientes de Registro Civil.
Emitidos por el Registro Civil o por el Departamento de Gestión de Datos.
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En el Ecuador se reconoce los siguientes estados civiles: casado, soltero, divorciado, viudo, unión de hecho, hijo y padre.
El estado civil de casado da origen a la sociedad conyugal (relación de cónyuges), a diferencia de la unión de hecho que da origen a la relación de convivientes.
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Derecho Civil Personas y Familia I
Não FicçãoApuntes recopilados de la cátedra dictada por la Dra. Susana Cárdenas en la Universidad de Cuenca.