Fabián había trabajado toda la noche ya que la audiencia inicial, en este punto tal parecía que Simón era un pobre hombre que por estar en el lugar incorrecto en el peor momento había terminado preso, solo esperaba que esa experiencia sirviera para que Simón dejara las malas amistades que tenía, ya que parecía que el rojo no trabajaba solo sino que era toda una banda. El abogado se dirigió a su oficina, Lupita ya debía de estar ahí.
- Lupita, buenos días, ¿Cómo te va?
- Hola Licenciado, pos aquí andamos, ¿Qué noticias me tiene?
- Tranquila Lupita, pasa y toma asiento, si bien esto juicios son largos parece que he encontrado una solución.
- Que bueno mi lic y ¿Cuál es o qué hay que hacer?
- Te explico en el camino, vámonos a la audiencia.
Subieron al vehículo y el licenciado Fabián comenzó a hablar.
- La audiencia que tendremos es dia de hoy es muy importante, es la audiencia inicial y en ella se deben resolver varias cuestiones: Primero se le deben informar a Simón sus derechos, si no se le han informado de los mismos con anterioridad, luego viene la parte que nos interesa un poco más ya que se realiza el llamado control de legalidad de la detención, aquí es donde entro yo, el Ministerio Publico va a argumentar porqué Simón debe estar detenido y yo voy a contra argumentar ya que el supuesto de flagrancia en que fue detenido no se configura.
- Y ¿Esta difícil?
- Según los documentos que existen, no debería. Aquí son los juzgados, yo me sentare enfrente y tú como parte de la audiencia, ¿Esta bien?
- Si mi lic, como usted me diga.
La audiencia dio inicio con Simón como imputado, al momento de preguntarle si se le había informado sobre sus derechos, firmemente dijo:
- No y los policías me pegaron al detenerme para que les firmara unas hojas y me dijeron que si cantaba me iba peor.
El juez le dio la palabra al Ministerio Publico quien trato de defender que había sido por flagrancia la detención, pero el Licenciado Fabián al realizar su declaración dijo:
- Es evidente la falta de legalidad en la detención del señor Simón, no solo por la violencia de que fue objeto sino que no cae en el supuesto de la flagrancia toda vez que el tiempo que transcurrió entre la llamada de auxilio de las víctimas y la detención fue de más de 4 horas violando también la inmediatez que debía tener la detención. Esto sin mencionar que la defensa de la que fue privado es un derecho fundamental e irrenunciable que asiste a todo imputado.
Tras lo cual el juez resolvió:
- Se cierra el debate y este órgano jurisdiccional procede a resolver en relación con la solicitud del Ministerio Público de calificar de legal la detención del imputado. Una vez escuchadas las partes, este órgano jurisdiccional califica de ilegal la detención sin perjuicio de que el Ministerio Público pueda continuar con la investigación y posteriormente solicite audiencia para formular la imputación siguiendo las reglas de la audiencia sin detenido. Gírese oficio al director del centro de reinserción social para los citados efectos. Le pregunto al Ministerio Público: ¿Tiene otra solicitud?
-No, su señoria.- Fue lo único que pudo responder el Ministerio Público.
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CRONICA DE UNA MALA EXPERIENCIA
Short Story"Me habría gustado no haberlo hecho." Era el pensamiento que cruzaba por su cabeza al estar sentado en la litera que le asignaron dentro de prisión. El Negro su compañero de celda, acostumbrado al insomnio que sufrían, giro su rostro al percatarse...