sobre el arte abyecto.
esta expresión del arte es quizás la más extraña con la que he topado, pero la he puesto como premisa ya que me parece bastante acertada con el concepto que quiero brindar. es conceptuado como la parte trasera del arte, y lo interesante es que utiliza artísticamente fluidos corporales y otras sustancias naturales para actuar como signos. Julia Kristeva (1982) describe la expulsión de lo considerado abyecto como una condición necesaria para la formación sexual, psicológica y social de la identidad. el niño debe renunciar a una parte de sí para transformarse en "yo". tiene que aprender que caca, orina y vómito son sustancias sucias y no objetos de placer. es principalmente la madre quien se encarga de enseñarle lo que debe ser rechazado. es ella quien lo entrena en el uso de la bacinilla y en el mantenimiento de la pulcritud personal. pero la mamá también es un objeto que el hijo debe abandonar antes de entrar en el mundo civilizado. ella sostiene que la abyección es lo que perturba identidad, sistema y orden. lo que no respeta bordes, posiciones, reglas. un ejemplo de ello, son las fotos de Andrés Serrano llamadas "Eyaculación en trayectoria" (1989) y "Semen helado con sangre" (1990) que aluden a la crisis provocada por el SIDA.
sobre la declaración universal de los derechos humanos.
la declaración universal de los derechos humanos es quizá la segunda premisa que pongo ya que es el recurso con el que todos somos capaces de nacer. fue propuesta y proclamada el 10 de diciembre de 1948 como un ideal común para todos los pueblos y naciones. se crea debido a que el desprecio hacia el derecho humano trajo consigo consecuencias indeseables y actos barbáricos; también como una forma de promover lazos entre todos, y asumir el compromiso de respetarlos como ideal común.
en resumen de ellos está, el artículo 1 que dice: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.", el 2 que menciona la universalidad de ellos sin importar qué, el 3 "(...) derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.", el 4 la prohibición hacia la esclavitud y el 5 también prohíbe el que se someta a " torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.", del 6 al 12 es de ámbito jurídico, el 13 dice "1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado. 2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.", el 14 habla sobre el derecho de asilo político, excepto cuando haya crímenes de la persona que lo pide, el 15 sobre la libertad de escoger la nacionalidad, el 16 sobre la familia como fundamento y la libertad a escogerla, el 17 sobre el derecho a la propiedad, el 18 dice: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.", el 19 sobre la libertad de opinión y expresión. el 20 habla sobre la libertad de reunirse/asociarse pacíficamente o simplemente no hacerlo, el 21 sobre la democracia, el 22 menciona que "Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.", el 23 sobre el trabajo y el 24 el derecho al descanso, el 25 sobre el nivel de vida adecuado, el 26 sobre la educación gratuita y obligatoria, el 27 sobre la libertad a ser parte de la comunidad, gozar de las artes, ciencias y la protección de los intereses morales y materiales de ello. el 28 es muy importante ya que resume el objetivo de esta declaración en "Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.", el 29 habla de los deberes con la comunidad en agradecimiento de los derechos brindados y finalmente el 30 dice "Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración." (Asamblea General de la ONU, 1948).
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escritos en una connotación lingüística inesperada.
Randomlo que significa una palabra, puede no ser lo que realmente se exprese y a veces no tiene una traducción directa. eso es esto.