No reconoceremos nunca como legítimo ningún gobierno de la patria, sino el elegido por la libre y espontánea voluntad del pueblo; y como el sistema republicano es el más adaptable al gobierno de las Américas, proponemos, por todos los medios a nuest...
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La población total de la República según el censo de 1850 es de 12.583 millones de personas. Colombia está dividida en 18 estados. Cada estado tiene su propio congreso y gobernador, elegidos por su pueblo. Cada estado puede crear sus propias leyes, siempre que éstas no vayan en contra de las Leyes Federales.
Ecuador, capitalQuito. (830.000 personas, 11 congresistas).Guayaquil, capital de Guayaquil. (385.000 personas, 6 congresistas).Azuay, capital Cuenca. (672.000 personas, 9 congresistas).Cauca, capital Popayán. (650.000 personas, 9 congresistas).Cundinamarca, capital Medellín. (1.282.000 personas, 15 congresistas).Boyacá, capital Tunja. (1.420.000 personas, 17 congresistas).Distrito Federal de Santafé, capital de la República. (208.000 personas, ningún congresista).Apure, capital Barinas. (200.000 personas, 5 congresistas).Orinoco, capital Ciudad Miranda. (144.000 personas, 4 congresistas).Maturín, capital Cumaná. (713.000 personas, 10 congresistas).Venezuela, capital Caracas. (1.580.000 personas, 18 congresistas).Zulia, capital Maracaibo. (918.000 personas, 12 congresistas).Magdalena, capital Cartagena. (765.000 personas, 10 congresistas).Chocó, capital Quibdó. (270.000 personas, 5 congresistas).Itsmo, capital Panamá. (260.000 personas, 5 congresistas).Costa Rica, capital San José. (224.000 personas, 5 congresistas).La Española, capital Santo Domingo. (407.000 personas, 7 congresistas).Tumbes, capital Tumbes. (315.000 personas, 6 congresistas).
Cada estado se divide a su vez en departamentos y cada departamento en cantones. Las siguientes divisiones administrativas son las parroquias. El Distrito Federal de Santafé es una excepción, al no formar parte de ninguna otra división administrativa. Cada estado tiene derecho según la constitución a 3 senadores que son enviados al Senado de la República de Colombia (Senado de la República de Colombia). Cada departamento de un estado domina a uno de sus residentes, que debe ser un varón de 30 años o más con propiedades o un salario por valor de 2.000 piastras, equivalentes a 1.500 dólares estadounidenses en 1830, o casi 20.000 dólares estadounidenses OTL de 2014. El congreso estatal elegirá entonces a los senadores entre estos candidatos. Los senadores pueden ejercer hasta 2 mandatos de cuatro años. Habiendo dieciocho estados en la República, actualmente hay 54 senadores. Al tratarse de un número par, el Vicepresidente podrá emitir un voto de desempate si fuera necesario. Los senadores están actualmente divididos en 39 senadores del PCN y 15 del Partido Federalista.
Cada estado tiene derecho a un mínimo de 3 congresistas, más 1 por cada 100.000 personas. Actualmente, hay un total de 167 congresistas, 115 del PCN y 48 del Federalistas ocupando cargos en la Cámara de Representantes de la República de Colombia. Los congresistas, al igual que los senadores, están limitados a dos mandatos de cuatro años. Cabe señalar que después de cumplir sus dos mandatos, un congresista puede pasar al Senado.
El Congreso colombiano solía celebrar elecciones cada dos años, pero tras la Gran Crisis, las elecciones al Congreso ahora se celebran cada cuatro años junto con las elecciones presidenciales.
El presidente de la República debe tener 35 años o más y tener propiedades por valor de 2.000 piastras. Sólo los ciudadanos colombianos natos o las personas que eran ciudadanos en 1816 pueden ejercer como presidentes. El presidente está limitado a dos mandatos de cuatro años. Tradicionalmente, el presidente ha sido un criollo rico. Le ayudan los ministerios, que incluyen a partir de 1850:
Ministerio de Relaciones Exteriores (Ministerio de Relaciones Exteriores).Ministerio de Economía (Ministerio de Economía).Ministerio de Defensa (Ministerio de Defensa).Ministerio de Trabajo, Agricultura e Industria (Ministerio de Labor, Trabajo e Industria).Ministerio de Justicia (Ministerio de Justicia).Ministerio de Asuntos Interiores.
Son ciudadanos colombianos todas las personas nacidas en la República o de padres colombianos. Es ciudadano colombiano toda persona que vivió en el actual territorio de la República con anterioridad a su independencia. Las personas nacidas en el extranjero pueden obtener la ciudadanía colombiana si trabajan en una industria útil, lo que generalmente significa trabajar para el gobierno, y si hablan español. Cualquier persona que haya vivido en Colombia durante 5 años y hable español podrá obtener la ciudadanía colombiana.
Puede votar cualquier hombre mayor de 21 años o, alternativamente, cualquier hombre mayor de 18 años y casado, siempre que trabaje en una de las industrias útiles antes mencionadas o tenga propiedades o activos valorados en 100 piastras (1.000 OTL dólares estadounidenses de 2014). ) y puede hablar, escribir y leer español. La mayoría de la clase criolla alta y la clase media mestiza pueden votar. Sólo un puñado de nativos y ningún negro pueden votar bajo estas leyes.
La justicia está a cargo de la Corte Suprema de Justicia. Cada estado también tiene su propia corte suprema. Colombia opera bajo el Derecho Civil.