La Comunidad Internacional

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En la última de nuestras conversaciones, tratando de delinear el concepto de Estado, vimos que este va desarrollándose en el tiempo, al punto de poder asimilarse a una planta cuyo minúsculo germen fuera la famila, pero que creció después hasta llegar a obtener hoy las dimensiones de un árbol secular. Seria cosa de estudiar ahora ese desarrollo, sobre todo con el fin de saber si su dimensión actual correspondiente de a la madurez, o si por el contrario, se puede prever, y hasta que límite, un ulterior futuro de él.

La face actual del Estado se define con la fórmula del Estado nacional. El de la nación, ha diferencia del Estado, es un concepto que pertenece, no al derecho, sino a la sociología, o mejor a la etnologia; la nación es un derivado de la gente (gens, de gignere), y expresa, por tanto, un grupo proveniente de un tronco común; el índice más manifiesto de esta comunidad es la lengua. Poco a poco, a través de los movimientos y agitaciones de la historia, ha venido el Estado asentándose sobre la nación, en el sentido de una coincidencia de los límites del uno y de la otra. Una de las fuerzas ideales que han operado en el pasado siglo y continúan operando hoy también, ha sido el principio de nacionalidad, entendido precisamente como aspiración a que cada nación tuviera su propio Estado.

La del Estado nacional no es, sin embargo, una fórmula absoluta del Estado moderno, en el sentido de que hoy existen Estados ultranacionales o supranacionales: el ejemplo más interesante de ellos es la Confederación suiza; la palabra confederación no debe inducir a engaño, haciendo creer que no se trate de un Estado unitario; indica, en cambio, solo un carácter de su organización jurídica, que es la descentralizacion; suiza es un Estado unitario, pero descentralizado, como, para poner otro ejemplo, Estados Unidos de America, que no es en modo alguno un conglomerado de Estados, sino un solo Estado, aunque descentralizado también. La presencia de Estados plurinacionales estimula, pues, por lo menos, la duda sobre si la face nacional del Estado puede considerarse como la última del desarrollo del Estado; en otros términos, si la progresiva expansión de los ordenamientos juridicos debe detenerse en los confines de la nación.

La solución negativa de esta duda parece implícita en la existencia del llamado derecho internacional; una existencia hoy en día conocida aun de quienes sólo están provistos de una cultura elemental: hoy todos saben, si bien sea grosso modo, que han existido y existen tratados de paz, tratados de alianza, convenciones internacionales, sociedades y osganizaciones de naciones, y oyen calificar esos fenómenos con la fosmula de derecho internacional. Pues bien, si, según hemos visto en las lecciones pasadas, Estado y derecho están íntimamente relacionados, al punto de que no puede haber Estado sin derecho, ni derecho sin Estado, al derecho internacional debería corresponder el Estado internacional.

Pero la fórmula misma de Estado internacional agrava en vez de resolver la duda: si el Estado existe, el derecho postula el mandato, y el mandato supone un mandante y un mandado. En cambio, esta fórmula es adoptada precisamente para significar que el derecho internacional no prejuzga la soberanía de los Estados nacionales singulares; pero, ¿cómo es posible mandar a un Estado soberano, puesto que la soberanía se entiende como la posición no tanto de quien esta sobre, cuanto de quien no tiene a nadie sobre si?

Una nueva razón de duda proviene del hecho de que el derecho excluye la guerra; un Estado dentro del cual no esté prohibida la guerra, no es un Estado. Ahora bien, el llamado derecho internacional, si trata de moderar la guerra, no la prohibe, sin embargo, no existe una norma de ese derecho según la cual el hacer guerra esté calificado de delito.

La conclusión que hay que sacar, en términos simples, es que hasta ahora el Estado superracional esta en vía de construcción. Hay algunos ejemplos parciales de superación del límite nacional, pero son todavía demasiado pocos para poder sacar de ellos la seguridad de que esa superacion esté en vía de extenderse, y menos aún de que se pueda llegar a aquel tipo supremo de Estado superracional que sería el Estado mundial.


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⏰ Última actualización: Aug 19, 2017 ⏰

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