GARANTÍAS CONSTITUCIONALES Y DEFENSA DEL ORDEN CONSTITUCIONAL / Inconstitucionalidad de las Leyes
CAPITULO III
INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS LEYES
ARTICULO 266. Inconstitucionalidad de las leyes en casos concretos.
En casos concretos, en todo proceso de cualquier competencia o jurisdicción, en cualquier instancia y en casación y hasta antes de dictarse sentencia, las partes podrán plantear como acción, excepción o incidente, la inconstitucionalidad total o parcial de una ley. El tribunal deberá pronunciarse al respecto.
ARTICULO 267. Inconstitucionalidad de las leyes de carácter general.
Las acciones en contra de leyes, reglamentos o disposiciones de carácter general que contengan vicio parcial o total de inconstitucionalidad, se plantearán directamente ante el Tribunal o Corte de Constitucionalidad.
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Constitución Política de la República de Guatemala
De TodoConstitución política de la República de Guatemala, con fines no lucrativos. Su fin primordial es hacer saber a la ciudadanía su contenido.