Introducción
El domicilio es, en sentido jurídico, un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella.
En un sentido estricto domicilio es la circunscripción territorial donde se asienta una persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
Para las personas jurídicas, tanto de Derecho público como de Derecho privado, el domicilio es el local de su sede o área territorial donde ejercitan sus derechos y obligaciones. Teniendo la persona jurídica varios establecimientos, cada una de ellas será considerada como domicilio para los actos practicados en cada uno de ellos.
Objetivos.
Generales
• Conocer a que nos referimos con domicilio
• Explicar en general el termino domicilio
• Analizar el termino de domicilio legal
• Conocer el concepto de domicilio
Específicos
• Encontrar dentro del código civil que artículos hablan sobre el domicilio
• Clasificar los tipos de domicilio
• Describir los tipos de domicilio investigados
• Interpretar los artículos encontrados dentro del Código civil
• Realizar una conclusión sobre todo lo investigado con relación al domicilio
Definición de domicilio
• El domicilio es un atributo que puede aplicarse a cualquier persona, tanto física como jurídica. Se trata de la residencia en que la persona tiene el ánimo real o presunto de residir.
• El domicilio es, en sentido jurídico, un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella.
• En un sentido estricto domicilio es la circunscripción territorial donde se asienta una persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
Domicilio en Derecho Civil:
Concepto: La persona vive en sociedad y debe poder ser hallado en un momento determinado, ya sea para ejercer su derecho o cumplir sus obligaciones; este el lugar donde se encuentra la persona.
Definición: Es el lugar que la ley fija como asiento o sede de la persona, para la producción de efectos jurídicos. Es decir es el asiento territorial que debe tener toda persona para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones y el ejercicio de sus derechos.
Características del domicilio:
Es necesario: nadie puede dejar de tener domicilio.
Es único: en principio nadie podía tener más de un domicilio pero este principio no siempre tuvo vigencia tanto que ya los romanos admitían que las personas podrían tener varios.
Voluntarios: la voluntad es determinante para la conciliación o cambio del domicilio.
Es inviolable: nadie puede allanar el domicilio. Solo podrá ser allanado por un juez competente, la Constitución Nacional dispone que el domicilio de las personas sea inviolable.
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Derecho Civil - Personas 1 - MFCG 2015
De TodoRecopilacion de materia dictada en la clase de Derecho Civil, Personas 1 1er Ciclo Facultad de Derecho Universidad Catolica de Cuenca 2015