Decreto

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Decreto Real Número 176:

Toda persona que posea habilidades mágicas con menos de veintiun años —ya sea que hubiese nacido en Karrah o emigrado desde otro reino del Continente—, deberá ser enlistado en el menor tiempo posible, veintiocho horas maximo, a Nevea "Escuela de Reclutamiento Mágico", o presentado al Palacio Real si sobrepasa la edad límite.

En caso de los bebés, los padres tienen la obligación de entregar a los recién nacidos al escuadrón de magos asignado en el hospital, una vez que el médico de cabecera le indique como estable.

De ser ignoradas cualquiera de estas ordenes se procederá a usar la fuerza, con permiso de encarcelamiento a cualquiera que ayude o esconda al sujeto. Si aún hubiese resistencia, el Capitán del Escuadrón encargado al caso podrá usar las madidas que crea conveniente.

Año X202
Rey Maximeo D'Vecan

Laiden: ¡Que Viva La Reina!Donde viven las historias. Descúbrelo ahora