Órganos encargados de la protección y tutela

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Mecanismos previstos en los tratados

Además de reconocer los DDHH, la cooperación internacional en el respeto universal requiere adoptar mecanismos de control y protección. Cronológicamente:

Se consagran los derechos en declaraciones internacionales; ySe adoptan tratados que establecen un sistema de protección.

Sistema Europeo:

Después de la Segunda Guerra Mundial, se instaura un mecanismo de control de dos etapas:

Comisión Europea de Derechos Humanos: instancia no jurisdiccional que tramita reclamaciones internacionales.Tribunal Europeo de Derechos Humanos: tribunal de justicia que decide sobre las reclamaciones no resueltas en la etapa anterior.

El Comité de Ministros del Consejo de Europa interviene luego de la actuación de la Comisión para determinar cuáles de las reclamaciones no resueltas son susceptibles de trámite judicial.

Sistema interamericano:

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (1966): con sede en Washington, se dedica a la observancia y control de los DDHH. Realiza informes, estudia y recibe reclamaciones individuales sobre la violación de derechos protegidos en la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre respecto de un miembro de la OEA.En la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1968) o Pacto de San José de Costa Rica: se capitaliza la Comisión ya existente y se crea la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Entra en vigor en 1978.

Los tratados generales comienzan a coexistir con tratados que protegen derechos particulares y crean sus propios órganos y modalidad de control.

Los órganos de control

Los tratados de la ONU crean comités de control integrados por expertos que proponen los Estados partes en función de su capacidad personal y profesional.

1969 – Se crea el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, primero de los órganos internacionales de control del sistema universal. Sesiona dos veces al año y presenta un informe anual a la Asamblea General a través del Secretario General.1976 – Entra en vigor el Pacto de Derechos Civiles y Políticos firmado en 1966 y se crea el Comité de Derechos Humanos. Sesiona tres veces al año y realiza un informe anual que entrega a la Asamblea General a través del Consejo Económico y Social.

Otros:

Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la MujerComité contra la TorturaComité de los Derechos del NiñoConvención Internacional sobre la Represión y el Castigo del Crimen de Apartheid

Las "comisiones" están integradas por un número variable de expertos. En la OEA son elegidos por la Asamblea General a partir de postulantes propuesta por los Estados miembros.

Los mecanismos de control

Tres sistemas de control:

Informes periódicos: relevamiento de medidas legislativas y políticas adoptadas por los Estados partes.Peticiones interestatales e individuales para denunciar violaciones de los derechos protegidos en instrumentos internacionales.Sistema judicial (corte Interamericana o Corte Europea): tribunal de justicia que ejerce en su jurisdicción respecto de un reclamo que ya tramitó el sistema de peticiones.

A. El sistema de informes periódicos

Permite la revisión de la legislación para adecuarla a los compromisos de un tratadoConduce a la adopción de medidas para incorporar derechos hasta el momento no reconocidos en el derecho interno o derogar normas que impidan su ejercicio.Contribuyen a la formulación de políticas a largo plazo.

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