SECCIÓN TERCERA, Disposiciones y noticias

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En las demandas contencioso administrativas, la Suprema Corte necesita el expediente administrativo, que incluya la resolución de la Autoridad, denegatoria del derecho controvertido por el particular, para poder apreciar debidamente si la resolución cuya revocación ó insubsistencia se pide en el juicio iniciado al respecto es ó no justa y arreglada á derecho, y si ha sido observado el precepto del artículo 218 de la Constitución.

Resolución

En los autos seguidos por D. Mariano Billinghurst con la Municipalidad de Buenos Aires sobre una sentencia dictada contra aquel por haber sido estropeada una criatura con uno de los coches de la Empresa de Tramways de la que es propietario.

Buenos Aires, Mayo 10 de 1879.

Considerando:

1.° Que con sujeción al precepto del artículo 156, inciso 3. de la Constitución, la Suprema Corte decide las causas contencioso administrativas en única instancia y juicio pleno, previa denegación de la Autoridad Administrativa al reconocimiento de los derechos que se gestionan por parte interesada.

2.° Que el término para la iniciación de ese juicio que ha reemplazado el recurso ordinario de apelación prescripto por la anterior Constitución, está determinado por el artículo 218 de la actual, con calidad de perentorio.

3.° Que el expediente administrativo que incluya la resolución de la Autoridad, denegatoria del derecho controvertido por el particular, es por consiguiente in dispensable para poder apreciar debidamente si la resolución cuya revocación ó insubsistencia se pide en el juicio iniciado al respecto, es ó no justa y arreglada á derecho, si la acción ante la Suprema Corte ha sido instaurada en tiempo y si las constancias y justificaciones presentadas ante la Autoridad Administrativa acrediten el derecho del demandante.

4.° Que mientras esto no exista, mucho más tratándose de resoluciones que tienen procedimientos especiales, según las Ordenanzas y Acuerdos Municipales la Suprema Corte carece de la base fundamental para el ejercicio de su jurisdicción.


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